miércoles, 11 de febrero de 2015

¿Se debe Intervenir la Educación Superior?

Los mercados funcionan dentro de unas instituciones, la educación superior no es ajena a ello. La regulación busca que los participantes de esos mercados puedan hacer transacciones entre ellas, con incentivos que se convierten en reglas en una sociedad, bien sea de carácter formal o informal.

Esas transacciones entre los agentes resultan de la confianza entre las partes. La confianza en los mercados le permite a las instituciones funcionar mejor dentro de unas reglas claras. Sin embargo, la regulación aparece como intervención del Gobierno en los mercados cuando se desea abordar temas como:
  • Escogencia de instrumentos de política: Se desea afectar precios, cantidades y tecnologías de alguno de los actores, por lo tanto, se habla de precios, tarifas, subsidios, etc.
  • Escogencia de reglas o normas: Se desea modificar leyes o normas que regulan un mercado para intervenir. Ejemplo: Ley 1740 del 23 de diciembre de 2014
  • Cuando hay fallas de mercado: existen situaciones que hacen que los mercados no funcionen adecuadamente por diversas razones y violan algunos de los dos supuestos de los teoremas fundamentales.
Dentro de las regulaciones existen interacciones para el funcionamiento en el mercado, dentro de dos teoremas: * Primer teorema: “ Si todos los agentes son tomadores de precios, se actúa en un mercado con empresas que actúan de manera competitiva”. * Segundo teorema: “Si los agentes son independientes en sus decisiones (convexidad) y son tomadores de precios, existiendo trasferencia de riqueza y un mercado de bienestar".

 Para pensar en intervenir un mercado, el agente interventor debería contestarse:
  • ¿Ocurre una falla de mercado?
  • ¿La intervención del Gobierno puede corregir la falla?
  • ¿Los costos de la corrección son menores que dejar la falla?
La respuesta afirmativa a las anteriores preguntas haría que se interveniera, pero para hacerlo existen dos tipos de regulación: Regulación Económica: incentivos, o Regulación Administrativa: comando y control; la más recomendable es la primera, la que puede llegar a desdibujar la libertad y la autonomía es la segunda. En el caso de la educación superior, el Ministerio de Educación Nacional [MEN] respondió ante una situación lamentable como la de la Fundación Universitaria San Martín, escogiendo nuevas reglas o normas, provocando un debate sobre si se golpeaba o no la autonomía universitaria y donde Asociaciones tan importantes como ASCUN han permanecido en silencio, a pesar que opositores a la nueva ley, afirman que lesiona gravemente la autonomía universitaria al darle más herramientas al MEN para intervenir instituciones y otros que estan a favor lo ven como sencillos mecanismos para supervisar cuando se incumpla la ley o se ponga en riesgo la prestación del servicio de la educación. Pero independiente si se esta a favor o en contra, la pregunta que surge es ¿se debe intervenir la Educación Superior?

La respuesta no es simplemente decir si o no, porque existen un sin número de razones politicas o técnicas para hacerlo o abstenerse; las politicas pueden llevar a un largo debate y a preguntas sin respuesta como por ejemplo, ¿por qué se decidió intervenir la Fundación Universitaria San Martín cuando habían, según el mismo MEN, 15 universidades en igual o peor situación?, ¿por qué fue la primera y no la última en intervenir?.

Pero para evitar ese debate politico o señalar alguna institución en particular, al revisar el sector educativo, y sobre todo lo que corresponde a la educación superior, se encuentra que a diferencia de la mayoría de sectores, para la educación es esencial tener una planeación a largo plazo no sólo por los altos costos que implica su desarrollo, como por ejemplo el construir la infraestructura de una institución o dotarla de herramientas o contratar una planta docente capaz de generar y transferir conocimientos, sino porque debe ir adelante de las tendencias del conocimiento, como la incorporación de tecnología, avances cientificos que  le otorguen beneficios a la humanidad, las posibilidades nuevas de generación de conocimientos a costos económicos, el manejo de los flujos financieros que le permita a la población acceder a ella (la cobertura en Colombia se estima supera el 45%), entre otros, para distintos escenarios probables. Esta planeación debe involucrar la coordinación de muchos actores involucrados en ella directivos, estudiantes, administrativos, egresados, etc., cuando se decide intervenir se debe tener una visión global e integral de regulación, desarrolladas bajo un concepto de planeación estratégica donde se cree un ambiente institucional para el sector que contemple características relevantes como:

  • Esencialidad del servicio para una comunidad
  • No almacenabilidad
  • Fuertes cadenas de externalidades
  • Sector con restricciones de inversión de nuevos actores.
  • Indivisibilidades e inversión especifica
  • Necesidad de coordinación estrecha (en tanto que la oferta y la demanda necesitan ser equilibradas continuamente a través de todo el sistema)
  • Economías de escala y gama
  • Largo tiempo para construir una institución con credibilidad y cuyas inversiones pueden costar dos y cuatro veces lo estimado.
  • Deficiente administración técnica, la cual puede ser detectada al momento de hacer visitas de renovación de los registros calificados, el cual es un mecanismo administrado por el MEN, para verificar y asegurar las condiciones de calidad de los programas académicos de educación superior, según lo establecido en la ley 1188 del 25 de abril de 2008 y el Decreto 1295 del 20 de abril de 2010. Curiosamente en la Universidad intervenida meses antes de hacerlo el MEN había otorgado registros, con lo que le aseguraba a la comunidad que estaban aseguradas las condiciones de funcionamiento. 
  • Perdidas, en especial las pérdidas “negras” por robo e incapacidad para efectuar mediciones de calidad y cobros eficiente socialmente, es decir, un precio justo por la calidad que se certifica tener.
De igual forma, si el Gobierno desea motivar la inversión privada, tendría que diseñar un convenio institucional que limitaría su habilidad para comportarse de forma oportunista al intervenir, una vez que la empresa privada presta un servicio público y ha realizado una cuantiosa inversión. Este acuerdo institucional es una de las razones para contemplar un marco regulador en el sector de educación superior nacional, debido a que debería estipular los procedimientos de establecimiento de precios, resolución de conflictos de forma imparcial (arbitramiento o por vía judicial) entre las partes, políticas de inversión, etc. Sin embargo, a menos que dicho marco regulatorio sea confiable, no se emprenderán inversiones o, si se realizan, no serán eficientes.

La regulación confiable en el sector educativo, especificamente en la educación superior a nivel nacional podría resolver un problema de confiabilidad clave entre el gobierno y las instituticiones de educación superior, donde la introducción de regulación disminuye los problemas asociados con la inversión ineficiente o la práctica del poder de mercado. La contratación entre las empresas y los clientes puede fracasar, ya sea porque el sector no presenta libre entrada y salida del mercado (lo que ocurre actualmente en cualquier IES que se reserva el derecho de admitir o no a alguien), lo que resulta en la práctica del poder de mercado, o porque el sector presenta libre y salida del mercado pero no es sostenible, lo que implica políticas de inversión ineficientes. Esto lleva al surgimiento de instituciones reguladoras que resuelvan conflictos sobre la distribución entre los grupos privados de intereses, los problemas de relación entre los actores de la comunidad académica universitaria y las instituciones del gobierno.

Si la regulación, como mecanismo de intervención, en teoría, existe para enfrentar las fallas de mercado, se puede desarrollar como una respuesta a la inhabilidad del sector para mantener niveles estables y rentables de bienestar social para todos los miembros de la comunidad a la que sirve, o puede terminar facilitando la apropiación de rentabilidades por parte de grupos de interés influyentes, algo usual en el sector educativo nacional. Ojalá la discusión que se supone debe haber éste año acerca de la Superintendencia de Educación, permita “garantizar el derecho a la educación, los fines constitucionales y legales de la educación, la autonomía universitaria, los derechos de los diferentes grupos de la comunidad académica y la calidad, eficiencia y continuidad en la prestación del servicio”,  y no termine interviniendo con la excusa de no repetir casos de irresponsabilidad de una institución, que a proposito lleva más de tres meses intervenida sin que exista aún un plan para garatizar los derechos de los diferentes grupos de la comunidad académica, porque sería como bien dijó Moisés Wasserman: "...abandonar la presunción de inocencia porque hay culpables que se aprovechan...", lo que haría que se pierda todo sentido de intervención. 

Desarrollado por: Giovanny Paredes Alvarez –CEO -Nabi Consulting-

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